El RGPD incorporó un artículo independiente que regula el tratamiento de los datos personales de los niños cuando estos pueden dar un consentimiento válido en su nombre. Según el artículo 8 del RGPD, cuando el consentimiento sea el mecanismo más adecuado para tratar los datos personales, "en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información directamente a un niño, el tratamiento [...]
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